Articulo 10. Modificación de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas.
Articulo 10 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2016-478
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 159.3 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas, que pasa a tener el siguiente contenido:
«3. La auditoría de las cuentas anuales de las fundaciones del sector público autonómico, además de la finalidad prevista en los apartados 1 y 2, verificará el cumplimiento de los fines fundacionales y de los principios a los que deberán ajustar su actividad en materia de selección de personal, contratación y disposición dineraria de fondos a favor de los beneficiarios cuando estos recursos provengan del sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Asimismo, se extenderá a la verificación de la ejecución de los presupuestos de explotación y capital.»
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- Ver la norma completa: Ley 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.