Artículo 10. Fomento de la conservación y rehabilitación.
Artículo 10 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4747
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-01.
Texto consolidado
1. (Suprimido).
2. La Administración regional adoptará las medidas necesarias para el impulso y fomento de la rehabilitación del parque inmobiliario residencial existente, potenciando la revitalización de los centros urbanos y áreas degradadas.
Se suprime el apartado 1 por el art. 3.1 de la Ley 2/2020, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2020-9792
Este apartado ya fue suprimido por el Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril.
Se suprime el apartado 1 por el art. 3.1 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. Ref. BORM-s-2020-90126#a3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2020, de 27 de julio, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de vivienda e infraestructuras..