Artículo 10. Órganos directivos.
Artículo 10 de la Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia". · BOE-A-2011-2549
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-12.
Texto consolidado
1. Son órganos directivos del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia:
a) El Consejo de Administración.
b) La Gerencia.
2. Las potestades administrativas que esta Ley atribuye al Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia serán ejercidas por el Consejo de Administración y el Gerente, de conformidad con las atribuciones establecidas en la presente ley y en sus estatutos.