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Ley Vigente

Artículo 10. Deber de colaboración.

Artículo 10 de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón. · BOE-A-2014-8282

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

Texto consolidado

Todas las personas facilitarán el desarrollo de las actuaciones de salud pública y se abstendrán de realizar conductas que dificulten, impidan o falseen su ejecución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

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