Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.
Texto consolidado
1. Los municipios son Entidades Locales básicas de la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y cauces de participación ciudadana en los asuntos públicos locales.
2. El municipio tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
3. Son elementos del municipio el territorio, la población y la organización.