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Ley Vigente

Artículo 10. Obligaciones formales.

Artículo 10 de la Ley 4/2002, de 4 de junio, de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de los Productos Pesqueros Destinados al Consumo Humano. · BOE-A-2002-12509

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-14.

Texto consolidado

Los concesionarios o los titulares de los mercados mayoristas y de las lonjas de contratación o, en su defecto, los administradores de los mismos, están obligados a comunicar a la administración tributaria, en la forma que reglamentariamente se determine, la identidad de las personas responsables de los puestos que operan en los respectivos mercados o lonjas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-14.

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