Artículo 10. Información.
Artículo 10 de la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias. · BOE-A-1995-15187
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Consejería de Interior y Administraciones Públicas dará cuenta trimestralmente al Consejo de Gobierno y al inicio de cada período de sesiones a la Comisión de Reglamento de la Junta General del grado de cumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones a que se refiere el artículo 8 de esta Ley.