Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 4/1987, de 24 de marzo, reguladora de la Escuela de Administración Pública de Cataluña. · BOE-A-1987-9678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-28.
Texto consolidado
El Consejo Rector podrá acordar la creación de los consejos asesores que considere adecuados para el cumplimiento de las tareas que la presente Ley atribuya a la Escuela.