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Ley Vigente

Artículo 10. Vigilancia e inspección.

Artículo 10 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología. · BOE-A-2014-13359

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-24.

Texto consolidado

1. Las Administraciones Públicas competentes podrán comprobar en cualquier momento por sí mismas, de oficio o a instancia de parte interesada, el cumplimiento de los requisitos legal y reglamentariamente establecidos para los instrumentos, medios, materiales de referencia, sistemas de medida y programas informáticos sometidos a control metrológico del Estado.

2. Los funcionarios que lleven a cabo las actuaciones de inspección a que se refiere el apartado anterior, tendrán la condición de agentes de la autoridad y, como tales, en el ejercicio de sus funciones, podrán acceder a cualquier instalación o dependencia pública o privada relacionada con el objeto de su inspección, respetando en todo caso la inviolabilidad del domicilio constitucionalmente protegido.

3. Las entidades públicas y empresas privadas vienen obligadas a permitir el acceso del personal inspector a los lugares, vehículos e instalaciones donde el control metrológico debe efectuarse, así como a facilitar la práctica de las operaciones que se requieran.

4. Los hechos constatados por los funcionarios encargados de las tareas de inspección realizadas en el ejercicio de sus funciones y que se formalicen en documento público observando los requisitos legalmente establecidos tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.

5. Cuando a resultas de una inspección o verificación se determine que un instrumento funciona incumpliendo lo dispuesto en su reglamentación específica, o superando los errores máximos permitidos, o que presenta signos de haber sido manipulado, las Administraciones Públicas deberán impedir su puesta en servicio o proceder a su inmediata retirada del servicio, según corresponda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-24.

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