Artículo 10. Personal al servicio del Instituto.
Artículo 10 de la Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2003-1692
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-24.
Texto consolidado
El personal al servicio del Instituto se seleccionará y regirá por las normas aplicables al personal de la Administración Regional según su régimen específico.