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Ley Vigente

Artículo 10. Tramitación de los Estudios de Implantación.

Artículo 10 de la Ley 2/2004, de 29 de octubre, de medidas urgentes en materia de suelo y vivienda. · BOE-A-2004-20810

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-11.

Texto consolidado

Se da nueva redacción al apartado 5 del artículo 90 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, con el siguiente tenor:

«5. El procedimiento regulado en el presente artículo se aplicará también a la tramitación de los estudios de implantación, con la particularidad de que el informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias no será vinculante cuando el estudio de implantación se refiera a actividades, equipamientos y dotaciones incluidas en el planeamiento general como autorizables en el suelo no urbanizable y que no requieran autorización de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 131 de este Texto Refundido.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-11-11.

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