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Ley Derogada

Artículo 10.

Artículo 10 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996

Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales determinarán su propia vigencia, con independencia de los procedimientos de modificación y revisión de los mismos, que serán iguales que los establecidos para su aprobación. Reglamentariamente, se podrá determinar un procedimiento abreviado para las modificaciones que supongan su actualización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-07-13.

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