Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 2/1988, de 10 de junio por la que se declara el Parque Natural de Somiedo. · BOE-A-1988-19036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-07-18.
Texto consolidado
Las Entidades, Organismos o Corporaciones que intervengan en el otorgamiento de licencias, concesiones administrativas o cualquier otra clase de autorizaciones para la ejecución de actuaciones dentro del área territorial del Parque estarán obligados a observar el cumplimiento de las determinaciones que se deriven de lo establecido en la presente Ley.