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Ley Vigente

Artículo 10. Régimen económico.

Artículo 10 de la Ley 14/1997, de 26 de diciembre, de Medidas de Gestión Administrativa y Financiera y de organización de la Generalidad. · BOE-A-1998-8203

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

Texto consolidado

El Instituto Valenciano de Estadística se financiará con cargo a los siguientes recursos:

a) Las dotaciones consignadas a su favor con cargo a los presupuestos de la Generalidad.

b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios generados por el ejercicio de sus actividades y por la prestación de sus servicios.

c) Los créditos, préstamos, empréstitos y otras operaciones financieras que pueda concertar.

d) Las subvenciones y aportaciones que por cualquier título sean concedidas a su favor por entidades públicas o privadas, o por particulares.

e) Los productos y rentas de los bienes y valores que constituyen su patrimonio.

f) Cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

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