Artículo 10. Actividades culturales, artísticas y deportivas.
Artículo 10 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. · BOE-A-2008-2493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-02.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Andalucía impulsará las manifestaciones sociales, especialmente las culturales, artísticas y deportivas, que promuevan la sensibilización social contra la violencia de género y contribuyan a la recuperación de las víctimas.
2. Igualmente, la Administración de la Junta de Andalucía tendrá como objetivo principal impulsar la tolerancia cero con respecto a la violencia de género, poniendo para ello los medios necesarios, personales, materiales y económicos, para evitar cualquier práctica cultural, artística o deportiva que constituya o incite a la violencia de género.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-11883.