Artículo 10. De la clasificación del personal eventual.
Artículo 10 de la Ley 12/1994, de 28 de diciembre, de Medidas Administrativas y de modificación del texto articulado de la Ley de Bases de Tasas de la Generalidad Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 22 de diciembre de 1984, del Gobierno valenciano. · BOE-A-1995-3326
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-01.
Texto consolidado
La clasificación de los puestos de naturaleza eventual, contemplados en el artículo 6.° del Decreto Legislativo de 20 de marzo de 1991, del Gobierno valenciano, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, contendrá exclusivamente el número de puesto, su denominación y la consejería de pertenencia.
El número de puestos de esta naturaleza y las retribuciones de cada uno de ellos se determinarán dentro de los créditos establecidos al respecto en la correspondiente Ley de Presupuestos.
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- Ver la norma completa: Ley 12/1994, de 28 de diciembre, de Medidas Administrativas y de modificación del texto articulado de la Ley de Bases de Tasas de la Generalidad Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 22 de diciembre de 1984, del Gobierno valenciano.