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Ley Vigente

Artículo 10. Respeto al secreto industrial y comercial.

Artículo 10 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. · BOE-A-2015-186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-11.

Texto consolidado

1. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley se desarrollará dentro del respeto al secreto industrial y comercial, de acuerdo con la normativa aplicable.

2. El promotor deberá indicar y justificar suficientemente qué parte de la información contenida en la documentación presentada considera que debe gozar de confidencialidad. El órgano sustantivo competente para la autorización del plan, programa, proyecto, actividad o instalación, ponderando el principio de información y participación pública real y efectiva en materia de medio ambiente con el derecho a la confidencialidad por respeto al secreto industrial y comercial, decidirá motivadamente si la información propuesta como confidencial por el promotor goza de tal consideración y, en su caso, informará al público sobre la decisión tomada al respecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-11.

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