Artículo 10. Duración.
Artículo 10 de la Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura". · BOE-A-2004-5194
Atención: Ley 1/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La duración de la Sociedad será indefinida y dará comienzo a sus operaciones el día de su constitución.