El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Artículo 10. Graduación de las sanciones.

Artículo 10 del Decreto-ley 12/2020, de 7 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de las medidas de prevención frente a la Covid-19 en los servicios sociales valencianos. · BOE-A-2021-8881

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-26.

Texto consolidado

1. Las sanciones deberán guardar la necesaria proporcionalidad con la gravedad de los hechos constitutivos de la infracción. Su graduación atenderá a los siguientes criterios:

a) La transcendencia social de la infracción, atendiendo al número y tipo de personas afectadas según su grado de vulnerabilidad, así como a la gravedad de las consecuencias de la infracción.

b) La negligencia o intencionalidad del infractor.

c) La naturaleza y cuantía de los perjuicios ocasionados.

d) La existencia de reiteración y reincidencia. Se entenderá por reiteración, la comisión de más de una infracción de distinta naturaleza en el término de un año cuando así haya sido declarado por resolución que ponga fin a la vía administrativa. Por su parte, se entenderá por reincidencia la comisión de más de un infracción de la misma naturaleza en el término de un año cuando así haya sido declarado por resolución que ponga fin a la vía administrativa, entendida como continuidad o persistencia en la conducta infractora.

e) La conducta del infractor observada por los agentes de la autoridad o las personas inspectoras en orden al cumplimiento de las disposiciones legales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-26.

Más artículos de Decreto-ley 12/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 12/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.