Artículo 1.
Artículo 1 de la Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas. · BOE-A-1969-689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-23.
Texto consolidado
En cumplimiento del Decreto 693/1968, de la Secretaría General del Movimiento, de 1 de abril, se constituye el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas, integrado por las personas naturales a que alude el artículo 3.o de estos Estatutos, y dependerá de la Delegación Nacional de Sindicatos, quedando vinculado a su Secretaría General, y su duración será ilimitada.