Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Resolución de 25 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el procedimiento de movilidad de las empleadas públicas víctimas de violencia de género. · BOE-A-2015-13411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-11.
Texto consolidado
La presente Resolución tiene por objeto regular el procedimiento de movilidad por razón de violencia de género de las empleadas públicas, reconocido en el artículo 82 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral. Su ámbito de aplicación es el de las empleadas públicas de la Administración General del Estado así como de los Organismos, Agencias y otras Entidades Públicas adscritas o dependientes de la misma.