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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Finalidad.

Artículo 1 del Real Decreto 91/2003, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles. · BOE-A-2003-2210

Atención: Real Decreto 91/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Este Reglamento tiene como finalidad el logro de los siguientes objetivos:

a) La reducción del número de buques que incumplan las normas aplicables en aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, incrementando la exigencia del cumplimiento de las normas internacionales de seguridad marítima, prevención de la contaminación y condiciones de vida y de trabajo a bordo de los buques.

b) El establecimiento de normas de control de buques, armonizando los procedimientos de inspección e inmovilización, con respeto a los compromisos asumidos por las autoridades marítimas de los Estados miembros, en virtud del Memorándum de París para el control de los buques por el Estado rector del puerto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-02-05.

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