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Real Decreto Derogada

Artículo 1.

Artículo 1 del Real Decreto 710/1986, de 4 de abril, por el que se crea un segundo mercado de valores en las Bolsas Oficiales de Comercio y se modifican las condiciones de puesta en circulación de títulos de renta fija. · BOE-A-1986-9177

Atención: Real Decreto 710/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La admisión, permanencia y exclusión de valores privados nacionales a la cotización en el segundo mercado de las Bolsas Oficiales de Comercio, se regulará por las normas contenidas en el presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-05-05.

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