Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes. · BOE-A-2024-15202
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-25.
Texto consolidado
Este Estatuto tiene por objeto establecer el régimen jurídico de las personas cooperantes, en cumplimiento de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 44 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.