Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 682/2026, de 26 de agosto, por el que se regulan los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria. · BOE-A-2026-20270
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-01.
Texto consolidado
La presente norma tiene por objeto regular los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria, determinando sus funciones y unificando su normativa, el mecanismo de designación, así como constituir la Mesa de Coordinación de Laboratorios de Sanidad Animal, Sanidad Vegetal, Higiene de la Producción Primaria y Genética Molecular Animal y Vegetal.
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