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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos. · BOE-A-2007-10951

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-03.

Texto consolidado

1. Este real decreto tiene por objeto regular la Administración marítima periférica española, mediante:

a) El establecimiento de una nueva ordenación y estructura de las Capitanías Marítimas constituidas por el Real Decreto 1246/1995, de 14 de julio, por el que se regula la constitución y creación de las Capitanías Marítimas.

b) La creación y regulación de los Distritos Marítimos.

c) La fijación de los requisitos, funciones y el procedimiento para la creación y supresión de los órganos periféricos, de conformidad con lo previsto por el artículo 88.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la marina mercante.

2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, la Administración marítima periférica se estructura en:

a) Capitanías Marítimas.

b) Distritos Marítimos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-03.

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