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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 1.

Artículo 1 del Real Decreto 632/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el ejercicio de la pesca de «arrastre de fondo» en el golfo de Cádiz. · BOE-A-1993-12850

Atención: Real Decreto 632/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las normas contenidas en el presente Real Decreto serán de aplicación a los buques españoles que ejerzan la actividad pesquera de «arrastre de fondo» en el Golfo de Cádiz, por fuera de aguas interiores con límite occidental en la frontera con Portugal y límite oriental en el meridiano de Punta Marroquí, longitud 05º 36' oeste, en las proximidades de Tarifa, tanto en aguas jurisdiccionales españolas, a efectos de pesca, como en alta mar.

Se suprime el párrafo segundo por el art. único del Real Decreto 60/1994, de 21 de enero. Ref. BOE-A-1994-4394

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-02-27.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1994-4394.

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