Artículo 1. Estructura orgánica.
Artículo 1 del Real Decreto 436/2002, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Centro Nacional de Inteligencia. · BOE-A-2002-9161
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-13.
Texto consolidado
El Centro Nacional de Inteligencia se estructura en:
a) Dirección, cuyo titular tendrá rango de Secretario de Estado y será nombrado por Real Decreto a propuesta del Ministro de Defensa.
b) Secretaría General, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario, y será nombrado por Real Decreto a propuesta del Ministro de Defensa, entre personas de reconocida experiencia y competencia profesional en el ámbito de la Inteligencia. Sustituirá al Secretario de Estado Director en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.
c) Tres Direcciones Técnicas, bajo la dependencia directa del Secretario General. Sus titulares tendrán rango de Director General y serán designados, conforme a lo previsto en el artículo 9.2.a) de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, entre personas de reconocida experiencia y competencia profesional en el ámbito de la inteligencia.
d) Los puestos de trabajo que determine la Relación de Puestos de Trabajo, cuyos titulares tengan rango de Subdirector general, que serán nombrados por el Secretario de Estado Director. El resto de las unidades y puestos de trabajo se contemplarán en la Relación de Puestos de Trabajo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia..