Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 429/2004, de 12 de marzo, por el que se establecen medidas de ordenación de la flota pesquera de cerco. · BOE-A-2004-4774
Atención: Real Decreto 429/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto establecer las normas básicas de ordenación de los buques de cerco que ejercen su actividad pesquera en el caladero nacional por fuera de aguas interiores, a efectos de conseguir la óptima adaptación de su capacidad extractiva al estado de los recursos pesqueros.