Artículo 1. Objeto, naturaleza y adscripción.
Artículo 1 del Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Nacional del Clima. · BOE-A-2014-7290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-11.
Texto consolidado
1. El objeto de este real decreto es la regulación de la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo Nacional del Clima.
2. El Consejo Nacional del Clima es un órgano colegiado interministerial, adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.