Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 3775/1982, de 22 de diciembre, por el que se determina la estructura y régimen de personal de los Gabinetes de los Ministros y Secretarios de Estado. · BOE-A-1982-34268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-12-24.
Texto consolidado
1. Los Gabinetes de los Ministros y Secretarios de Estado a que se refiere el número 1 del artículo 6 del Real Decreto-ley 22/1982, de 7 de diciembre, sobre medidas urgentes de reforma administrativa, se regirán por lo dispuesto en el presente Real Decreto.
2. El Ministro de Defensa dispondrá además de un Gabinete Técnico, que se regirá por sus disposiciones específicas.