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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Asimilación a trabajadores por cuenta ajena.

Artículo 1 del Real Decreto 369/1999, de 5 de marzo, sobre términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los Ministros de Culto de las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España. · BOE-A-1999-6224

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-01.

Texto consolidado

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo de Cooperación incluido como anexo a la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, los Ministros de Culto de las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), en los términos y condiciones establecidos en el presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-01.

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