Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. · BOE-A-2011-6099
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-06.
Texto consolidado
El presente real decreto tiene como objeto la regulación de la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas, tal y como éstas aparecen definidas en el artículo 2 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, entendiéndose esta práctica como la actividad pesquera no comercial que explota los recursos acuáticos vivos con fines recreativos de ocio, prohibiéndose la venta o transacción de las capturas obtenidas.