Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. · BOE-A-2008-1628
Atención: Real Decreto 34/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto regular los certificados de profesionalidad, en aspectos esenciales tales como sus efectos, estructura y contenido, vías para su obtención y los relativos a la impartición y evaluación de las correspondientes ofertas de formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.