Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 274/2018, de 11 de mayo, por el que se regula la residencia, desplazamientos y localización del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2018-6895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-13.
Texto consolidado
1. Este real decreto tiene por objeto regular, en desarrollo de lo previsto en los artículos 6 y 21 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil:
a) Los términos y condiciones para que los guardias civiles puedan fijar su domicilio en un municipio distinto al de aquel en que radique la unidad del puesto de trabajo que ocupen o en la que estén encuadrados administrativamente.
b) El deber de los guardias civiles de comunicar en la unidad de destino donde ocupen un puesto de trabajo o en la que estén encuadrados administrativamente, su domicilio habitual o temporal y de facilitar los medios necesarios que aseguren su localización en caso de que sea preciso para atender sus obligaciones profesionales.
c) El deber de los guardias civiles de comunicar previamente a sus superiores los desplazamientos que vayan a realizar al extranjero.