Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 270/2013, de 19 de abril, sobre el certificado del seguro o la garantía financiera de la responsabilidad civil en el transporte de pasajeros por mar en caso de accidente. · BOE-A-2013-4826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-05-10.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto regular la expedición y control del certificado acreditativo del seguro o garantía financiera distinta del seguro que cubra la responsabilidad civil de los transportistas por mar en caso de muerte o lesiones de los pasajeros derivadas de un accidente, a los que se refiere el artículo 3 del Reglamento 392/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente –en adelante el Reglamento europeo– en su remisión al artículo 4 bis) del Convenio de Atenas que figura en el anexo I del Reglamento europeo.
Así mismo, este real decreto tiene por objeto establecer las medidas para hacer efectiva la obligación de cobertura de la responsabilidad civil establecida en el reglamento europeo.
Más artículos de Real Decreto 270/2013
- → Artículo 2. Obligación de cobertura de la responsabilidad civil del transportista de pasajeros por mar en caso de acc…
- Ver la norma completa: Real Decreto 270/2013, de 19 de abril, sobre el certificado del seguro o la garantía financiera de la responsabilidad civil en el transporte de pasajeros por mar en caso de accidente.