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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 del Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero, por el que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles. · BOE-A-2000-4916

Atención: Real Decreto 270/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Constituye el objeto de este Real Decreto regular los requisitos de obtención y de mantenimiento de la validez de los títulos, licencias, habilitaciones, autorizaciones y certificados del personal de vuelo de las aeronaves civiles, las atribuciones que comporta su posesión y las condiciones de ejercicio de las mismas, así como los programas de formación, los centros de enseñanza y examinadores y los centros médicos y examinadores médicos de dicho personal de vuelo.

2. Será de aplicación a los títulos, licencias, habilitaciones, autorizaciones y certificados necesarios para que el personal de vuelo pueda ejercer sus atribuciones en aeronaves civiles con matrícula española.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-03-16.

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