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Real Decreto Vigente

Artículo 1.

Artículo 1 del Real Decreto 1982/1978, de 26 de julio, sobre la organización de los servicios encargados de gestionar la explotación de la infraestructura hidráulica «Trasvase Tajo-Segura». · BOE-A-1978-21522

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-08-23.

Texto consolidado

La Confederación Hidrográfica del Tajo tomará a su cargo las tareas de la gestión técnica y económica de la explotación de la infraestructura hidráulica «Trasvase Tajo-Segura» en la parte correspondiente al tramo de conducción desde la toma en el río Tajo hasta el desagüe en el embalse de Talave. La Confederación Hidrográfica del Segura tomará a su cargo las mismas tareas correspondientes a la explotación de las aguas recibidas en dicho embalse, de conformidad con las disposiciones que regulen su aplicación a los diferentes usos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-08-23.

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