Artículo 1. Naturaleza de los Consejos de Residentes Españoles.
Artículo 1 del Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero. · BOE-A-2010-44
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-03.
Texto consolidado
Los Consejos de Residentes Españoles son órganos de carácter consultivo y asesor, adscritos a las oficinas consulares de España, cuya composición, elección y régimen de funcionamiento se regulan en este real decreto y las disposiciones normativas de desarrollo.