Artículo 1. Finalidad.
Artículo 1 del Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, por el que se crea el Centro Universitario de la Guardia Civil. · BOE-A-2009-20386
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-20.
Texto consolidado
El objeto de este real decreto es la creación y el establecimiento del régimen jurídico del Centro Universitario de la Guardia Civil para su adscripción, mediante el correspondiente convenio, a una o varias universidades públicas con la finalidad de impartir las enseñanzas universitarias oficiales que acuerden los Ministerios de Defensa e Interior en función de las exigencias del ejercicio profesional en la Guardia Civil.