Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 177/2003, de 14 de febrero, por el que se regulan las organizaciones de operadores del sector oleícola. · BOE-A-2003-3129
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-09-12.
Texto consolidado
El presente Real Decreto tiene por objeto la regulación de las organizaciones de operadores del sector del aceite de oliva, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1334/2002 de la Comisión, de 23 de julio de 2002, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1638/98 del Consejo, en lo que se refiere a los programas de actividades de las organizaciones de operadores del sector oleícola en las campañas de comercialización 2002/2003, 2003/2004 y 2004/2005.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-15987.