Artículo 1. Naturaleza del Cuerpo.
Artículo 1 del Real Decreto 1609/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública. · BOE-A-1978-17320
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-07-26.
Texto consolidado
Los Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública constituyen un Cuerpo Especial de los definidos en la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado aprobado por Decreto 315/1964, en su artículo 24.