Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones genéricas y específicas de productos alimentarios. · BOE-A-1985-19058
Atención: Real Decreto 1573/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El objeto del presente Real Decreto es la definición y ordenación de las Denominaciones Genéricas y Específicas de productos alimentarios de acuerdo con los artículos 96 y 97 de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre.