Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio. · BOE-A-1992-27764
Atención: Real Decreto 1434/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El presente Real Decreto tiene por objeto, en desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la redacción dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio, la regulación:
a) (Derogado)
b) De la obligación legal de remuneración compensatoria por copia privada.
c) Del porcentaje de remuneración compensatoria que las Entidades de gestión deberán dedicar a las actividades y servicios a que se refiere el artículo 140.1, así como de su distribución.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original..