Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 122/1995, de 27 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de espectáculos. · BOE-A-1995-4352
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-22.
Texto consolidado
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares por el que se concretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de espectáculos, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 11 de enero de 1995, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.