Artículo 1. Naturaleza y adscripción.
Artículo 1 del Real Decreto 1188/2011, de 19 de agosto, por el que se establecen las funciones, composición y funcionamiento del Consejo Superior Postal. · BOE-A-2011-14557
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-11.
Texto consolidado
1. El Consejo Superior Postal es el órgano de participación de las Administraciones públicas, los usuarios, los prestadores de servicios postales, los sindicatos más representativos a nivel estatal y autonómico y las asociaciones filatélicas en materia postal, creado por el artículo 51 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal.
2. El Consejo Superior Postal es un órgano colegiado integrado, sin perjuicio de su independencia funcional, en el Ministerio de Fomento a través de la Subsecretaría del Departamento.