Artículo 1. Integración de los servicios periféricos del Parque Móvil del Estado en las Delegaciones del Gobierno.
Artículo 1 del Real Decreto 1163/1999, de 2 de julio, de integración de los servicios periféricos del organismo autónomo Parque Móvil del Estado en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. · BOE-A-1999-14771
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-04.
Texto consolidado
En aplicación del artículo 33 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se integran en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en los términos de este Real Decreto, las actuales Delegaciones Territoriales y parques provinciales del Parque Móvil del Estado con la misma denominación.