Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 1076/1986, de 2 de mayo, por el que se regula la constitución de Agrupaciones de Productores de Algodón y sus Uniones. · BOE-A-1986-14539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-06-26.
Texto consolidado
Podrán ser reconocidas como Agrupaciones de Productores de Algodón o como Uniones de tales Agrupaciones las que así lo soliciten y tengan como finalidad el cumplimiento de lo previsto en el artículo 1 del Reglamento (CEE) número 389/1982 del Consejo de 15 de febrero.