Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera. · BOE-A-2022-23044
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-31.
Texto consolidado
1. El objeto del presente real decreto es:
a) Establecer las normas básicas de ordenación de la flota pesquera española aplicables a la gestión de la capacidad pesquera.
b) Regular el Registro General de la Flota Pesquera.
c) Regular los cambios definitivos de puertos base y la utilización temporal de un puerto distinto del puerto base.
2. Lo dispuesto en el presente real decreto se entenderá sin perjuicio de las competencias de otros ministerios y de la normativa autonómica, europea o internacional que sea de aplicación.