Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden TMS/693/2018, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina. · BOE-A-2018-9031
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-25.
Texto consolidado
Esta orden tiene por objeto el desarrollo reglamentario del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina, en relación con la emisión de diplomas, las solicitudes para acceder a la formación y el reembolso de los gastos por desplazamiento, alojamiento y manutención de alumnos.
Esta orden será de aplicación a las acciones formativas impartidas por el Instituto Social de la Marina que se desarrollen con medios propios, contratados o a través de cualquier otro medio previsto en la legislación vigente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-17282.
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- Ver la norma completa: Orden TMS/693/2018, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.